El artículo 29 de La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela es muy claro al respecto
"No es posible la amnistía" dice Antonio "El Gato" Molina
Credito: aporrea tvi
El artículo 29 de la CRBV es claro al respecto
Credito: VTV
De acuerdo con Molina, "Esto no es nuevo, esto es parte de un formato que ellos vienen tratando de implementar ya hace bastante tiempo...quien expuso esa solicitud ante la mesa de diálogo fue el parlamentario Andrés Velázquez..."
"...el presidente Maduro, (a finales de diciembre del 2013) fue enfático al señalar que estas personas que fueron juzgadas y sentenciadas por delitos graves contra los derechos humanos, conforme al artículo 29, no eran proclives a ser beneficiados con una medida de esta naturaleza porque el artículo 29 es muy claro, que establece categóricamente que la persona que halla sido juzgada y sentenciada por estos delitos, entre ellos la grave violación a los derechos humanos, no son posibles de ser cobijados con un decreto de esta naturaleza, esa es una prohibición constitucional..."
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